El proyecto financiará: los salarios básicos, junto con los elementos salariales admisibles (subsidios de formación, subsidios de grado, subsidios por actividades, contribuciones al Fondo de Trabajo, premios y bonificaciones previstos en las normas de remuneración, sueldos por enfermedad pagados por el empleador, sueldos anuales adicionales, cotizaciones a la seguridad social y fondos distintos de los fondos de seguros pagados por el empleador) de las personas empleadas para desempeñar las tareas de la institución intermedia en el marco del Programa Operativo de Desarrollo de la Educación del Conocimiento y el Programa Operativo de Capital Humano (medidas que cierran la perspectiva anterior). La solicitud de cofinanciación del proyecto también incluyó una remuneración anual adicional para 2015, las personas que en 2016 ya no son empleados de la Institución pero que desempeñaron sus funciones en 2015 (sobre la base del acuerdo n.º UDA-POPT.01.01.00-00-0041/15-00 y la solicitud de cofinanciación del proyecto n.º POPT.01.01.00-00-0041/15 con descripciones de las funciones adjuntas de estas personas) y recibieron una remuneración anual adicional para este período.