Objetivos coincidentes: El desarrollo contribuye a los objetivos establecidos en el Programa Territorial Integrado del Condado de BAZ, cuya presentación detallada se incluye en el estudio de la Fundación Profesional. El proyecto previsto se llevará a cabo en el municipio del Distrito Beneficiario que se desarrollará sobre la base del anexo 290/2014.(XI.26.)Korm.end.3. El desarrollo incluye actividades de sensibilización y difusión que contribuyen a la igualación de las diferencias sociales y sociales en el condado de BAZ, que se presentó en los estudios preparatorios del proyecto. Ubicación del desarrollo: Zona de acción del centro de la ciudad. Su delimitación se puede encontrar en ITS, ATT y el Estudio de Factibilidad. Contenido profesional detallado del desarrollo: Llame al 3.1.1. (A) Actividad principal A) Actividad principal: creación de una ciudad verde: a) aumentar el área de plantas, hábitats y biodiversidad, reconstruir el stock de plantas de la superficie verde, eliminar el control de malezas/árboles enfermos como una intervención única, y cuidar (c) el clima urbano, proteger las islas térmicas de hoja caduca, líneas arbóreas tolerantes al clima, bandas de arbustos, superficies verdes de varios niveles d) áreas verdes recreativas activas urbanas (camino educativo urbano, pista de curso, pista de correr, corredor de perros, parque infantil, gimnasia al aire libre, etc.); el desarrollo de nuevos espacios verdes (granja urbana, jardín comunitario, jardín escolar, etc.) para apoyar la agricultura comunitaria urbana activa; B) Actividad principal: renovación de las zonas y edificios pertenecientes a la zona de acción de manera climática y eficiente desde el punto de vista energético con el fin de garantizar el funcionamiento sostenible de los edificios e instalaciones que son propiedad del gobierno mayoritario o que son propiedad de gobiernos mayoritarios o de propiedad mayoritaria a más tardar por el cumplimiento del hito pertinente, y que son propiedad del socio del consorcio, con el fin de garantizar su funcionamiento sostenible. I. Como actividad de recuperación económica: a) renovación y conversión de espacios comerciales o de servicios propiedad de un municipio o un socio de consorcio (b) renovación de una zona de mercado de productos locales (urbano, mercado local, sala de mercado), revitalización de áreas relacionadas y adquisición de activos tangibles necesarios para la operación básica; C) renovación y utilización de un edificio con vistas a la recuperación económica, que está infrautilizado o no es utilizado por un municipio mayoritario: 1. Establecimiento de espacios comerciales o de servicio y adquisición de los equipos físicos necesarios para el funcionamiento básico del edificio Llamada 3.1.2. Actividades opcionales que no sean subvencionables por sí solas (A) relacionadas con la actividad principal: (I)la compra de los equipos necesarios para el correcto uso de la zona (instalación de mobiliario urbano ambiental, de calidad, etc.) En relación con todas las actividades principales: 2. En relación con la renovación de terrenos y edificios de propiedad de las administraciones locales o empresas mayoritarias, independientemente de la naturaleza del uso, los espacios de estacionamiento superficiales, abiertos y subterráneos exigidos por la ley podrán renovarse o desarrollarse, siempre que la intervención no se lleve a cabo utilizando o remodelando una zona verde. 3. a.) remodelación de pavimentos, puentes peatonales, grandes estructuras adecuadas solo para caminar y montar en bicicleta, construcción 3. d) remodelación de la superficie de la carretera asegurando la accesibilidad y la interoperabilidad de la superficie verde 4. Instalación de una infraestructura básica de recarga para la utilización de vehículos eléctricos en caso de construcción o renovación, teniendo en cuenta las normas del punto 29 del capítulo 3.2 de la convocatoria. 5. La construcción y modernización de alumbrado público de última generación de ahorro energético propiedad o adquirido por los gobiernos locales, la colocación de redes eléctricas y líneas aéreas de telecomunicaciones por debajo del nivel ordenado del terreno en lo que respecta a la renovación de la zona verde en el área de acción 3.1.3 Actividades obligatorias que no son autoelegibles (a)Medidas de eficiencia energética b)No es pertinente la exención del amianto disperso. C)Accesibilidad d) Proporcionar publicidad sobre la base del Capítulo 10 del ÁÚFc. e)Planificación de la asociación f)elementos blandos que complementan las infraestructuras y los desarrollos relacionados con la inversión