El recurso se refiere a la concesión de una compensación, a cambio de la pérdida de ingresos durante el período comprendido entre el 17 de marzo de 2020 y el 30 de abril de 2020, en sectores que o bien fueron objeto de suspensión obligatoria de la actividad o bien se vieron afectados por la restricción de la actividad económica. Los beneficiarios de la acción/beneficiarios de la ayuda son trabajadores por cuenta propia y por cuenta propia, propietarios de empresas unipersonales, sociedades unipersonales, sociedades civiles o hereditarias de carácter lucrativo, con excepción de las sociedades de socios heredados Ltd., así como empresas en forma de sociedades colectivas, sociedades comanditarias, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades privadas de responsabilidad limitada (IKE), distintas de las sociedades anónimas; que no emplean trabajadores ni emplean hasta veinte (20) trabajadores, de conformidad con el artículo 2 de la Decisión Ministerial Conjunta 39162/-X2020/15-04-2020, en su versión vigente. La acción es una medida de ayuda estatal aprobada [(2020) 3189 final/11.05.2010] de conformidad con el punto 3.10 del Marco Temporal y se ejecuta en virtud de la Decisión Ministerial Conjunta 39162 δ 2020/15-04-2020 (Boletín Oficial, Serie II, n.º 1457) y la Decisión Ministerial n.º 41787/27-04-2020 (Boletín Oficial, Serie II, n.º 1612), en vigor. El importe de la compensación se fija en 800 EUR por beneficiario para el período comprendido entre el 17 de marzo de 2020 y el 30 de abril de 2020 en las condiciones establecidas en el marco institucional pertinente y con la obligación de mantener su actividad durante el período de recepción de la compensación. Las solicitudes se presentan sobre la base de la plataforma especial «myBusinessSupport» de la Autoridad Independiente de Ingresos Públicos (IADE) y se evalúan mediante el procedimiento directo en el orden de su presentación. La acción entra en el ámbito de aplicación de las normas sobre agregación de ayudas estatales.