Kohesio: descubra los proyectos de la UE en su región

información sobre el proyecto
Fecha de comienzo: 3 julio 2020
Fecha de finalización: 30 junio 2021
financiación
Fondo: Fondo Europeo de Desarrollo Regional (ERDF)
Presupuesto total: 218 110 799,99 €
Contribución de la UE: n/d
programa
Período de programación: 2014-2020
Autoridad de gestión: Υπουργείο Οικονομίας, Ανάπτυξης και Τουρισμού/ Ειδική Υπηρεσία Διαχείρισης ΕΠ «Ανταγωνιστικότητα, Επιχειρηματικότητα και Καινοτομία»
European Commission Topic
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Ayuda en forma de anticipo reembolsable a las empresas afectadas financieramente por el brote y la propagación del COVID coronavirus

La acción se refiere al segundo ciclo de apoyo a las empresas independientemente del sector afectado por la pandemia en forma de anticipo reembolsable. Los beneficiarios finales serán las pequeñas y medianas empresas, independientemente de su forma jurídica, que operen legalmente en el país y que se hayan visto afectadas por la pandemia de COVID-19. Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas y en el sector de la pesca y la acuicultura no serán subvencionables. Durante el período que concluye el 31 de diciembre de 2021, se establecerá un período de gracia sin intereses durante el cual la empresa beneficiaria no estará obligada a reembolsar ninguna parte del capital o de los intereses. Al término del período de gracia, el importe de la ayuda recibida se reembolsará en 40 tramos mensuales iguales, cada uno de los cuales se abonará el último día del mes. El importe de la ayuda se aplicará a un tipo de referencia correspondiente al tipo básico fijado por la Comisión Europea para Grecia y vigente en la fecha de entrada en vigor de la Decisión ministerial conjunta n.º 148 (GG II 2729/3.7.2020), de conformidad con su Comunicación n.º 2008/C 14/02 (C 14/6 de 19.1.2008), incrementado en 109 puntos básicos. Cabe señalar asimismo que la empresa beneficiaria de la ayuda está obligada a mantener hasta el 31 de octubre de 2020 el número de trabajadores que empleaba el 1 de junio de 2020 sobre la base de los datos del sistema ERGANI. Por último, solo podrá reembolsarse el 70 % de la ayuda si el volumen de negocios de la empresa, un año después de la recepción de la ayuda, se reduce en un 70 % o más en relación con el nivel de volumen de negocios de referencia o de renta bruta de referencia, tal como se define en el artículo 2, apartados 10 y 11, de la Decisión Ministerial Conjunta n.º 148 (B2729/3.7.2020), letra b), del reembolso de solo el 60 % de la ayuda; en el caso de las empresas que emplean a más de 20 empleados el 1 de junio de 2020, siempre que mantengan, por término medio, el número de empleados empleados a 1 de junio de 2020 sobre la base de los datos del sistema ERGANI, hasta el 1 de junio de 2021 inclusive. La acción se incluye en la lista de medidas destinadas a la UE hasta el 31.12.2020, en concreto en el marco de los regímenes adoptados en virtud del 19.3.2020/C(2020) 1863, Comunicación de la Comisión sobre el Marco Temporal aplicable a las medidas de ayuda estatal, en vigor, para apoyar a la economía en el actual brote de COVID-19 y el régimen aprobado de SA de la UE de 7 de abril de 2020. 56815 (2020/N) en vigor,La ayuda concedida a las empresas se refiere únicamente al Reglamento (CE) n.º 1407/18.12.2013 de la Comisión de las Comunidades Europeas, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas menores (De Minimis).

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